El R.D. 952/1997, de 20 de junio, a partir de su disposición adicional segunda, obliga, a todas las empresas generadoras de residuos especiales, a la realización de un Estudio de Minimización de Residuos tóxicos y peligrosos (especiales) por unidad producida a tramitar ante la Administración Competente de cada Comunidad Autónoma, con periodicidad cuatrianual (el próximo estudio debe realizarse durante el año 2009).
Este documento obligatorio pretende disminuir la incidencia ambiental de las actividades productoras de residuos especiales y promover la mejora continua de estas actividades.
Debe demostrarse el compromiso efectivo de minimización de residuos especiales por unidad producida dentro de las posibilidades de la empresa. Es por esto que este estudio conviene que provenga de una valoración coherente y real de las capacidades de minimización y que se justifique mediante un documento técnico de alternativas de minimización de residuos especiales o justificación técnica y motivaciones de la no minimización.
sm ofrece:
- Experiencia en la cumplimentación de requerimientos legales y en alternativas de minimización de residuos
- Elaboración y cálculo de ahorros de las alternativas propuestas
- Seguimiento y presentación de formularios establecidos a tal efecto por la administración competente
- Estudios de minimización de residuos de envases