Gestión de residuos | Nuevo Decreto 152/2017

Decreto 152/2017 sobre la clasificación, la codificación y las vías de gestión de los residuos en Cataluña.


El Decreto 152/2017 revisa la clasificación, la codificación y las vías de gestión de los residuos en Cataluña con el objetivo de recoger la experiencia alcanzada en la aplicación del Catálogo de residuos de Cataluña, las normativas posteriores y los avances en la gestión de residuos derivados del estado de la técnica; a la vez que se vela y preserva el cumplimiento de la jerarquía de gestión establecida en la normativa europea, a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos aprobado por Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio.

A partir de su entrada en vigor, los residuos se clasifican entre residuos peligrosos y no peligrosos y se les asigna un código según lo establecido en la Decisión 2000/532/CE. Además, se contempla para cada código LER una o varias vías de gestión, especificadas en el Anexo del Decreto.

La gestión de los residuos, además de ser conforme a la vía de gestión recogida en el Anexo del Decreto, deberá resultar conforme con:

  • Las condiciones de la autorización, licencia ambiental o obligaciones derivadas del régimen de comunicación,
  • La jerarquía de gestión de residuos del Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos,
  • La guía técnica sobre vías de gestión de residuos que debe elaborar la Agencia de Residuos de Cataluña en el plazo de un año desde la entrada en vigor del Decreto aquí comentado,
  • En caso de que la vía de gestión sea la valorización energética, los criterios técnicos establecidos en el art. 6 y los que determinan en qué condiciones las operaciones de incineración y coincineración se consideran operaciones de valorización.

Este Decreto determina en qué condiciones las operaciones de incineración o coincineración se consideran operaciones de valorización, priorizando la valorización sobre la eliminación.
También establece el plazo de un año para desarrollar una guía técnica que detallará las operaciones de gestión admitidas para cada residuo. Esta guía deberá detallar las operaciones de gestión admitidas para cada residuo, en función de las vías de gestión de valorización o eliminación que se establezcan.
Las vías de gestión se diferencian por operaciones de valorización (letra D, sustituyendo las antiguas operaciones V) y operaciones de eliminación (letra R sustituyendo las antiguas operaciones T) siguiendo con la nomenclatura europea.
EL decreto 152/17 entrará en vigor a partir del 19 de enero de 2018, y se prevé una entrada en vigor diferida a fin de posibilitar las adaptaciones tecnológicas necesarias para su correcta aplicación.
 
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