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objeto de subvención los proyectos y
actuaciones que pueden integrarse en alguno
de los apartados siguientes y cumplan las especificaciones
técnicas descritas en el anexo de la
orden específicas para cada ámbito:
1. Instalaciones de aprovechamiento
de biomasa leñosa para usos térmicos
(producción y distribución de
calor y/o frío) que valorice la biomasa
mediante procesos termoquímicos (combustión,
gasificación o piròlisis). No
se incluyen las instalaciones de valorización
energética de la biomasa a partir de
procesos biològicos o bioquímicos.
2. Instalaciones de aprovechamieno
de la energía solar térmica mediante
captadores solares térmicos para cualquier
tipo de aplicación con aprovechamiento
térmico: agua caliente sanitaria, calefacción,
calentadores de piscinas, climatización,
calor de procesos industriales,...
3. Instalaciones de aprovechamiento
de la energía solar fotovoltáica
de forma autónoma.
4. Instalaciones de producción
y aprovechamiento energético del biogás.
El periodo
de ejecución de las inversiones
ha de ser desde la fecha de publicación
de la orden (21.06.07) hasta el 31.08.2008
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